¿Qué pasa con mi licencia HUT en Barcelona en 2028?
Si tiene un piso turístico en Barcelona, la pregunta no es si la licencia se acabará, sino qué debe saber y hacer antes de que se acabe. Esta página responde a las preguntas prácticas sobre la licencia en sí. El calendario y las fuentes están en la explicación del decreto, fecha a fecha, y las opciones que tiene, en la guía para propietarios.
¿Qué es exactamente la licencia HUT, y dónde está el número?
En Catalunya, una vivienda de uso turístico (HUT) es un piso que se cede entero, a cambio de un precio, para estancias de hasta 31 noches. No puede cederse por habitaciones, no puede alojar a más personas que las plazas de la cédula de habitabilidad, y nunca a más de quince.
La habilitación la da el ayuntamiento. Una vez habilitado, el piso se inscribe en el Registro de Turismo de Catalunya y recibe un número de inscripción, el NIRTC, que en la ciudad de Barcelona tiene la forma HUTB seguida de cifras. Este número debe constar en toda la publicidad del piso y en un lugar visible dentro de la vivienda. Si no lo tiene a mano, está en la comunicación de habilitación del Ayuntamiento y en sus anuncios.
Dos comprobaciones que conviene hacer hoy: que el número aparece en todos los anuncios, también en los de las plataformas, y que la cédula de habitabilidad está vigente. Son las dos cosas que una inspección mira primero.
¿Qué le pasa a mi licencia el 9 de noviembre de 2028?
Deja de tener efecto. El Decreto-ley 3/2023 dio cinco años, desde el 9 de noviembre de 2023, para que los pisos que ya tenían licencia obtuvieran la nueva licencia urbanística municipal o cesaran en la actividad. El Ayuntamiento de Barcelona anunció en junio de 2024 que no concederá ni renovará ninguna, y el Tribunal Constitucional avaló el decreto en la sentencia 64/2025, de 13 de marzo.
Hasta ese día, la licencia es plenamente válida y puede operar con normalidad. A partir de esa fecha, el piso no puede alquilarse para estancias de hasta 31 noches. Las reservas turísticas deben terminar antes del 9 de noviembre de 2028.
¿Puedo pedir una prórroga?
Sobre el papel, el decreto prevé una única ampliación del periodo transitorio, de hasta cinco años más, si el titular acredita ante el ayuntamiento que el régimen transitorio no compensa la pérdida del título. La solicitud puede presentarse a partir del 9 de noviembre de 2027 y antes del 9 de noviembre de 2028, y quien decide es el ayuntamiento.
En Barcelona, el Ayuntamiento ha dicho de antemano que no renovará ninguna licencia. Puede presentar la solicitud cuando se abra el plazo, pero no es prudente planificar 2029 contando con ella.
Si vendo el piso antes de 2028, ¿la licencia se va con el piso?
La habilitación es municipal y va ligada a la vivienda, no a la persona, y el trámite de cambio de titular existe: se hace por internet en el Canal Empresa de la Generalitat, y el ayuntamiento comunica el cambio al Registro de Turismo. Lo que no cambia es la fecha: la actividad termina el 9 de noviembre de 2028 sea quien sea el titular.
Si está pensando en vender con la licencia activa, haga dos cosas antes de firmar: confirme con el Ayuntamiento de Barcelona cómo tramita los cambios de titular durante el periodo transitorio, y deje claro al comprador, por escrito, que compra un piso con una actividad que termina en una fecha conocida.
¿Qué puedo hacer con el piso después?
Las mismas opciones que para cualquier vivienda sin uso turístico:
- Alquiler por temporada, a partir de 32 noches. No necesita ninguna licencia turística. El contrato debe indicar y documentar la finalidad de la estancia: si es de ocio o de vacaciones, con residencia habitual en otro lugar, el precio es libre; si cubre una necesidad de vivienda, se aplica el precio de referencia. Lo explicamos en «Alquilar el piso por meses sin licencia turística».
- Alquiler de vivienda habitual, de larga duración, con el precio limitado en Barcelona.
- Vender, como cualquier otra vivienda.
Estas tres opciones, más la de operar hasta el final, con lo que implica cada una, están en la guía para propietarios, y la comparación entre alquiler turístico y por temporada, en «Turístico o por temporada: qué es más rentable».
Qué no hace falta hacer
- No hace falta pedir ningún número del registro estatal. El procedimiento del registro estatal de alquileres fue anulado por el Tribunal Supremo. En los anuncios solo hace falta el NIRTC.
- No hace falta pedir una licencia nueva en Barcelona. El Ayuntamiento ha anunciado que no concederá ninguna.
- No hace falta correr a cambiar de régimen. La licencia vale hasta el final. El cambio se planifica con meses de margen, no con prisas.
La regulación del alquiler en Catalunya está en movimiento. Seguimos de cerca cada cambio y, si algo de esta página deja de ser cierto, la actualizaremos e informaremos a los propietarios que trabajan con nosotros.
Fuentes
- Decreto-ley 3/2023, de 7 de noviembre, de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico (DOGC de 8 de noviembre de 2023; BOE-A-2024-281).
- Sentencia del Tribunal Constitucional 64/2025, de 13 de marzo (BOE-A-2025-7430).
- Preguntas frecuentes sobre viviendas de uso turístico, Departament d’Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya (definición, NIRTC, publicidad, cédula, plazas).
- Trámite «Habilitació d’habitatges d’ús turístic» (alta, cambio de titular, modificación y baja), Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya.